Aranceles de Escolaridad 2025 del Colegio San Agustín

  • La colegiatura anual para el año 2025 será de: Pre Kínder a 4° Medio $ 1.200.000
  • Los alumnos(as) de enseñanza media, deberán cancelar una matrícula por Ley de $3.500 (tres mil quinientos pesos).
NIVEL
Pago mes a mes: con pagaré
Pago contado, cheque al día o efectivo
Pago con tarjeta de crédito o débito
Documentar con cheques
Valor Anual
Cuotas
Valor Cuotas
Valor Anual
Valor Anual
Valor Anual
Cuotas
Prekinder a 3º medio
$1.200.000
10
$120.000
$1.158.000
$1.158.000
$1.170.000
10
$170.000
4º Medio
$1.200.000
9
$133.333
$1.200.000
$1.158.000
$1.170.000
9
$130.000

Formas de Pago

  • Pago de la colegiatura mensual: Cada cuota vence en forma anticipada los días 10, desde Marzo a Diciembre. Se puede pagar vía:

Datos para transferir:

FUNDACIÓN EDUCACIONAL
SANTO TOMAS DE VILLANUEVA

RUT 65.038.788-0 
Cuenta Corriente del Banco De Chile
225-40542-03

Email Recaudador: aneira@csac.cl (Alex Neira)

Una vez depositado, enviar correo a recaudador señalando nombre(s)  alumno(a)(s) completo.

Para el año 2025, en tanto no se materialice la opción de pago al contado o con tarjeta de crédito, el apoderado deberá firmar pagaré simple (no ante notario) por el total de la colegiatura.

En caso que el alumno sea beneficiario de una beca socioeconómica o de libre disposición y el apoderado opte por el pago total de la colegiatura, el porcentaje de descuento según forma de pago, se aplicará al saldo de la colegiatura después de aplicada la beca.  En este caso se aplicarán los siguientes descuentos:

Pago al contado, cheque al día o efectivo:            3.5  %

  • Pago con T. de débito o crédito:                    3.5  %
  • Documentación con cheques:                        2.5  %

No podrán hacer uso de esta alternativa de documentación quienes en años anteriores hayan tenido problemas de atrasos en sus pagos y/o cheques protestados, además, en caso de morosidad reiterada, cheques o pagarés protestados y/o en cobro prejudicial o judicial, el colegio podrá solicitar el pago al contado de la colegiatura.  

Se informa a los padres y apoderados que se encuentra habilitada la opción de pago de las mensualidades vía webpay.

A contar de marzo de 2025, en caso de atraso en el pago de las cuotas mensuales, se originará un recargo de un 2% mensual.  Asimismo, transcurridos 30 días de vencimiento de la cuota, el Apoderado(a) acepta y autoriza a que el Colegio pueda informar al Boletín Comercial Sistema y/o Dicom (u otro similar) sobre la morosidad que tiene con nuestra Institución.  Informada la morosidad, ésta solo podrá ser regularizada pagando lo adeudado, para lo cual se extenderá un certificado de pago para ser presentado en el Boletín Comercial.

Procedimiento de Cobranzas

En caso de no pago oportuno de las mensualidades correspondientes al año escolar, el Colegio San Agustín de Concepción se ve en la obligación de recuperar todos aquellos dineros que se le adeudan, de forma de poder cumplir con la misión de entregar a sus estudiantes los mejores servicios educativos y poder cumplir con los compromisos económicos que mantiene con sus proveedores y funcionarios.  Este procedimiento se aplicará según los siguientes criterios:

    1. Cualquier beneficio económico que reciba la familia y/o el alumno(a) por parte del Colegio (beca, reconocimiento, estímulo, premio, etc.) el primer deber será imputarlo a la deuda más antigua que el padre, madre o apoderado tenga con el Colegio.
    2. En caso de cheque protestado, el apoderado(a) se obliga a restituir el monto obtenido por descuento por haber documentado la colegiatura y no haber cumplido con su pago.
    3. El pago de cheque protestado tendrá un recargo diario de 0.0666% (equivalente a un 2% mensual) por cada día de atraso, valor que se debe pagar junto con el valor del cheque.
    4. Vencida la fecha de pago de la cuota mensual, se aplicará un recargo diario de 0.0666% (equivalente a un 2% mensual).  Se considera de igual manera la cancelación con cheques a fecha, a partir de la fecha de vencimiento.
    5. Transcurridos 30 días corridos desde el vencimiento de la cuota el Colegio San Agustín de Concepción quedará facultado para iniciar las acciones de protesto de la deuda, quedando ingresada automáticamente en el Boletín Comercial.  Ingresada la deuda al Boletín Comercial, ésta solo puede ser regularizada cancelando lo adeudado.   Junto con lo anterior el Colegio se reserva el derecho de entregar la documentación a una Empresa de Cobranza Externa para iniciar las acciones legales correspondientes.
    6. La cobranza judicial y extrajudicial de las sumas que el apoderado(a) adeude al Colegio será efectuada por la empresa con contrato vigente en la fecha de inicio del proceso por deudas.  En todo caso, el Colegio se reserva el derecho de efectuar la cobranza directa y personalmente.  Los gastos de cobranza extrajudicial serán de cargo del apoderado(a), de conformidad a los valores máximos establecidos en la Ley 19.659 del año 1999.

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